Exportar Productos Orgánicos a Los EE. UU.: ¿Qué ha Cambiado con la Entrada en Vigor del SOE?
Las nuevas disposiciones que entraron en vigor a partir del 19 de marzo de 2024, aunque no revolucionan el panorama para los exportadores italianos, introducen algunas novedades importantes a tener en cuenta para operar conforme al nuevo reglamento. ¡Descubrámoslas juntos!
El mercado orgánico en los Estados Unidos está regulado por el NOP (National Organic Program), el programa federal gestionado por el USDA (United States Department of Agricolture), ch que desde 2001 es responsable del desarrollo de reglas y regulaciones para la producción, manipulación, etiquetado y control de todos los productos orgánicos circulantes en el territorio estadounidense.
El programa NOP también acredita organismos externos para certificar que las empresas agrícolas y las empresas cumplan con los estándares orgánicos nacionales. Estos organismos de certificación y el USDA trabajan juntos para hacer cumplir los estándares, garantizando condiciones justas para los productores y protegiendo la confianza de los consumidores en la integridad de la marca orgánica NOP/USDA.
El 18 de enero de 2023, el NOP emitió un nuevo reglamento conocido como SOE (Strengthening Organic Enforcement), que entró en vigor a partir del 19 de marzo de 2024, fecha en la que todas las partes involucradas deben cumplir con la nueva normativa.
¿Qué prevé el SOE?
El objetivo del SOE es proteger la integridad de la cadena orgánica y aumentar la confianza de los consumidores y del mercado en los productos orgánicos que llevan la marca de certificación NOP/USDA, fortaleciendo los sistemas de control, mejorando la trazabilidad desde el campo hasta el mercado y garantizando una aplicación rigurosa de las normativas orgánicas del USDA.
En particular, el SOE:
- Reduce el número de entidades no certificadas en la cadena orgánica.
- Introduce la obligación de certificados de importación electrónicos.
- Intensifica la trazabilidad de la cadena.
- Refuerza los controles sobre los organismos que emiten certificaciones orgánicas.
¿A Quién Se Aplica?
Las nuevas reglas tendrán un impacto relevante en los organismos de certificación y control, los productores, las industrias de transformación, los corredores, los comerciantes, los distribuidores, y, por supuesto, también en los importadores y exportadores.
¿Qué Cambia para Quienes Exportan Productos Orgánicos a los Estados Unidos?
Para las empresas italianas, en realidad cambia poco, porque podrán seguir eligiendo entre obtener la certificación NOP/USDA, es decir, la certificación que ya se requería a todos los productores de productos orgánicos antes de la entrada en vigor del SOE, o aprovechar el régimen de equivalencia entre el reglamento NOP y el Reglamento CE 834/07, en vigor desde 2012, que permite la exportación a los Estados Unidos de productos orgánicos ya certificados de acuerdo con el Reglamento UE 848/2018, sin necesidad de solicitar una certificación adicional ni de volver a controlar toda la cadena de suministro, por lo tanto, sin necesidad de obtener la certificación NOP/USDA.
Este régimen permanecerá en vigor hasta el 1 de enero de 2027, fecha en la que la UE y los Estados Unidos deberán revisar los términos de su acuerdo para evitar interrupciones comerciales derivadas de la implementación del nuevo reglamento de la UE sobre producción y etiquetado de productos orgánicos, que entró en vigor el 1 de enero de 2022, y según el cual los acuerdos de equivalencia deberán ser reemplazados por acuerdos comerciales.
Hasta que los acuerdos sean renegociados, desde este punto de vista, por lo tanto, no cambiará nada, ya que las empresas europeas podrán seguir utilizando la certificación orgánica europea y no estarán obligadas a obtener también la certificación estadounidense.
¿Cómo Obtener la Certificación NOP/USDA?
En caso de que, de manera voluntaria, un exportador decida obtener de todas formas la certificación NOP/USDA, los pasos a seguir son los siguientes:
- Comprender los estándares específicos: antes de iniciar el proceso de certificación, es esencial comprender los estándares específicos que se deben cumplir en relación con el cultivo, la cría, la producción y el etiquetado de los productos.
- Elegir una agencia de certificación: el USDA acredita agencias de certificación privadas y estatales para llevar a cabo inspecciones y emitir certificaciones. Las empresas deben elegir una agencia acreditada que opere en su región y esté especializada en su sector específico de actividad.
- Envío de la solicitud: el proceso para obtener la certificación USDA comienza con la presentación de una solicitud detallada a la agencia certificadora elegida. Esta solicitud debe incluir un plan de sistema orgánico (OSP – Organic System Plan) que describa las prácticas y sustancias utilizadas en los procesos de producción.
- Inspección en el lugar: después de revisar la solicitud, la agencia de certificación llevará a cabo una inspección en el lugar para verificar que las prácticas de la empresa cumplan con los estándares del USDA. La inspección puede incluir la revisión de campos, procesos de procesamiento, registros y estructuras.
- Revisión y certificación: después de la inspección, la agencia de certificación revisará los resultados y, si se consideran satisfactorios, emitirá la certificación USDA. Si se necesitan modificaciones o mejoras, la empresa tendrá la oportunidad de realizar las correcciones necesarias.
- Mantenimiento de la certificación: las empresas deben someterse a inspecciones anuales y mantener sus estándares para conservar la certificación. Esto incluye la actualización de sus planes OSP según los cambios en los estándares del USDA.
NOP/USDA Certificate: ¿Qué Cambia para los Importadores Estadounidenses?
Una importante novedad en relación con la certificación NOP/USDA concierne a los importadores. La Final Rule establece que cualquier persona que produzca o manipule (es decir, venda, transforme o embale) productos orgánicos deberá obtener la certificación orgánica NOP/USDA. En la práctica, esto significa que incluso los importadores estadounidenses, anteriormente exentos de tener la certificación, ahora deberán obtenerla. El proceso a seguir para obtenerla es el mismo descrito anteriormente.
Solo están exentos de la obligación de certificación:
- Los distribuidores que adquieren, venden o almacenan productos orgánicos etiquetados para la venta al por menor que están encapsulados en paquetes o contenedores sellados y a prueba de manipulaciones, y permanecen en los mismos envases o contenedores sellados. Si el distribuidor es el propietario legal (compra y vende el producto), no está exento;
- Los almacenes y actividades de almacenamiento donde se conservan exclusivamente productos orgánicos envasados. Si de alguna manera son la estructura importadora, se debe solicitar la certificación;
- Las empresas que transportan productos orgánicos no necesitan certificación, pero si se trata de productos a granel, que pueden estar sujetos a contaminaciones (por ejemplo, tratamientos de desinfección, mezcla), el SOE requiere que las operaciones certificadas utilicen audit trail (es decir, el registro cronológico de las actividades ejecutadas en el sistema, suficiente para garantizar la reconstrucción, revisión, examen de la secuencia de actividades que condujeron al registro final) y verificaciones sobre la trazabilidad para evitar que los transportistas no certificados comprometan la integridad de los productos orgánicos. En caso de dudas sobre las exenciones, sin embargo, es importante recordar que en la cadena de suministro, quien adquiere los productos a granel nunca está exento.
- Agentes aduaneros y empresas que se ocupan de la logística.
Los exportadores, por su parte, deberán proporcionar a los importadores estadounidenses la información necesaria para la emisión del certificado que luego se incluirá en el sistema de importación CBP (el servicio de aduana confiado al Customs Service and Border Protection).
Certificados De Importación NOP Electrónicos
Como sucedía anteriormente, los envíos de productos ecológicos a los Estados Unidos realizados bajo el régimen de equivalencia deberán seguir acompañados del NIC (Nop Import Certificate), un documento que acompaña la transacción y contiene información detallada sobre la cantidad y el origen del producto ecológico importado a los Estados Unidos.
Pero aquí también hay una novedad importante: mientras que antes estos certificados eran emitidos por la agencia acreditada en su propio sistema informático y según sus propios formatos, ahora serán emitidos exclusivamente en formato electrónico por el organismo de certificación acreditado a través de la Organic Integrity Database (OID), una sección específica del sitio web del USDA también llamada INTEGRITY, que funcionará como un registro de todos los operadores ecológicos certificados.
El objetivo es crear procedimientos estandarizados que permitan una mayor trazabilidad y prevenir el fraude en cualquier punto de la cadena de suministro a través de documentos electrónicos que, además de acreditar el cumplimiento de la normativa ecológica, contribuyen al sistema de garantía de trazabilidad y seguridad de las transacciones.
Los certificados de importación pueden ser emitidos para envíos individuales, múltiples o para un período de tiempo específico, dependiendo de los sistemas de control de los organismos de certificación. Se emite un certificado de importación NOP por mercancía/producto o código del arancel aduanero armonizado (HTS).
Una vez aprobada la solicitud de certificado de importación, los organismos de certificación acreditados generan el certificado de importación NOP en INTEGRITY y lo proporcionan al exportador/responsable final solicitante que, a su vez, lo proporciona al importador estadounidense para su introducción en el sistema de importación de US Customs and Border Protection para poder realizar el despacho de aduana.
Los operadores se identifican de forma única con la asignación de un ID code; si el operador tiene una doble certificación (conforme NOP y equivalente NOP), tendrá dos códigos ID.
En INTEGRITY, los operadores en equivalencia se encuentran en un área específica denominada “Trade Partners”.
Para cada transacción, se deben conservar durante al menos 5 años los documentos relacionados (factura, documentos de transporte, conocimientos de embarque, documentos aduaneros, etc.).
Por último, cabe destacar también que, mientras que antes los certificados de importación NOP sólo se exigían para las exportaciones de productos ecológicos procedentes de países con los que Estados Unidos había establecido un acuerdo de equivalencia, este documento ahora será obligatorio para todas las importaciones de productos ecológicos, incluidos los certificados según la norma ecológica NOP e independientemente del país de origen de un producto importado o de la existencia de un acuerdo de equivalencia con el USDA.
La entrada en vigor del SOE representa un paso adelante significativo para el fortalecimiento de la integridad del sistema ecológico en los Estados Unidos y requiere una mayor atención a la trazabilidad y la documentación por parte de todos los operadores involucrados en la cadena de suministro. El conocimiento profundo de las nuevas disposiciones será fundamental para garantizar el cumplimiento de la normativa y el éxito de las exportaciones de productos ecológicos a los Estados Unidos.
Fuente: por la Redacción de Exportamos, info@exportamos.info